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TASA POR SOLICITUD DE CERTIFICADOS

     La Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias, ha establecido en la Sección 2ª, capítulo I del Título IV (art. 37 a 40) una tasa por la prestación de servicios administrativos generales.

     Atendiendo a esta Ley, informamos a todos los alumnos del centro que por expedición de certificados oficiales (de matricula, de estudios cursados, académicos) el alumno o sus tutores legales si éste es menor de edad, a la hora de solicitar un certificado deberán abonar el importe de: 5,20 €., en concepto de la tasa por la prestación de servicios administrativos generales para el año 2.014.

     El pago de esta tasa lo realizará mediante la cumplimentación del modelo 046 disponible en la dirección https://tributos.jccm.es/WebGreco/modelos/jsp/GreJspDistricubion.jsp?modelo=046_2012, realizando el ingreso en cualquier entidad de crédio colaboradora. Éstas entidades son: CCM, Banesto, La Caixa, Banco Popular, Santander, BBVA, IberCaja, Globalcaja, Caja Rural CLM, Cajasol, Unicaja.

      Los miembros de familias numerosas estarán exentos del pago de esta tasa presentando el Título de Familia Numerosa en vigor en el momento de solicitar el certificado, exclusivamente cuando el certificado que soliciten lo necesiten para renovar el Título de Familia Numerosa.

 

 


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